Hay muchas ventajas de invertir en la bolsa de valores directamente en Estados Unidos. Por ejemplo: comprar acciones fraccionadas, mayor liquidez, mejores precios de ejecución y mucho más rapidez en las operaciones (y por lo tanto, menores costos implícitos de transacción), además de mayor disponibilidad de activos disponibles.
Cosas que el Sistema Internacional de Cotizaciones (mejor conocido como SIC) lamentablemente no tiene.
Pese a todo, mucha gente sigue prefiriendo soportar estas ineficiencias e invertir a través del SIC a cambio del beneficio tributario. Esto es, poder acceder a una tasa de impuesto preferencial del 10% sobre las ganancias de capital reales, versus comprar acciones o ETFs fuera del SIC.
Pero eso no es tan cierto. El beneficio tributario de los instrumentos listados en el SIC puede ser aprovechado aún cuando inviertas directamente a través de brokers en Estados Unidos.
¿Cómo? Acá te explico.
Los beneficios tributarios de invertir en instrumentos listados en el SIC y cómo acceder a ellos de forma más eficiente
El beneficio tributario más reconocido de invertir en instrumentos, ya sean acciones o ETFs listados en el SIC, es el acceder a la tasa preferencial del 10% de impuesto sobre ganancias de capital reales por enajenación de acciones.
En contraste, las ganancias reales obtenidas a través de instrumentos no listados en el SIC deben pagar hasta 35% de impuesto.
Pero hoy en día aún muchas personas siguen creyendo que para acceder a este beneficio es necesario efectivamente operar a través del SIC (o sea, desde México).
Falso.
En la modificación del anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, emitida por el SAT, se estableció, en el criterio 46/ISR/N, que “las ganancias obtenidas en el ejercicio derivadas de la enajenación de acciones emitidas por sociedades extranjeras listadas en el apartado de valores autorizados para cotizar en el Sistema Internacional de Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores, están sujetas a una tasa del 10% en los términos del artículo 129, fracción I de la Ley del ISR, con independencia de que su enajenación no se realice a través de un intermediario del mercado de valores mexicano.”
En simple: aún cuando se compre utilizando un bróker extranjero, tienes acceso al beneficio tributario de la tasa de ISR preferencial por enajenación de acciones si es que el instrumento está listado como operable en el SIC.
Y esto es relevante porque muchas personas se quedaban en México, donde los bid/ask spreads (la diferencia en los precios de compra y venta de instrumentos de inversión) son altos y promedian incluso 2% y 3% del valor del activo y las comisiones de intermediación son más altas. En cambio, un broker en Estados Unidos es mucho más rápido, líquido y con costos de transacción prácticamente nulos para los instrumentos más populares, como los ETFs que replican al S&P 500 o a índices como el Nasdaq-100.
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Incluidos los listados en el SIC.
Lo cual te da acceso a una cuenta en Estados Unidos para poder invertir en acciones fraccionadas, con $0 de comisión por compraventa del broker estadounidense, y con costos de transacción implícitos (tales como el bid/ask spread) mucho más bajos de los que tendrías al operar en un intermediario domiciliado en México.
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