Hace unos días abrimos la lista de espera para una Cuenta Especial para el Ahorro, mejor conocida como CEA, en Fintual.
Si no habías escuchado de ella, te explico rápido: la Cuenta Especial para el Ahorro es una cuenta de ahorro con incentivos fiscales que te permite diferir el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR). Es decir, en lugar de pagar impuestos hoy, te da chance de hacerlo en el futuro.
A pesar de que en algún momento tendrás que pagar el ISR, una CEA te puede ahorrar mucho dinero: el SAT te podría regresar hasta 35% de lo que ahorres hoy y, si retiras estratégicamente durante un año en el que no tengas muchos ingresos, el ISR que terminarías pagando después es mucho más bajo. Es por eso que se utiliza como una herramienta para optimizar el pago de impuestos.
Obviamente, existen condiciones y detalles que debes considerar al usar CEA. Ese es el objetivo de este artículo: permitimos que las personas que se inscribieron primero a la lista de espera nos dejaran sus principales dudas sobre la cuenta para poder responderlas.
Así que vamos a comenzar con la primera parte.
¿Cómo funcionan las CEA?
Las Cuentas Especiales para el Ahorro están previstas en el artículo 185 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y permiten la deducción de hasta $152,000 cada año brindándote la posibilidad de diferir el pago del ISR correspondiente.
El dinero que tú deposites en una CEA debe mantenerse invertido durante al menos 5 años, volviéndose elegible para retirarlo una vez cumplido el plazo.
El beneficio o la gracia de la CEA es que te permite deducir el ahorro que hagas hoy, dándote la oportunidad de pagar los impuestos en el futuro a una tasa fiscal más conveniente (puedes retirarlos en el año que tengas menor carga fiscal siempre y cuando hayan pasado los 5 años), mientras el dinero ahorrado permanece invertido generando rendimientos.
Además, otro beneficio destacado es que los rendimientos que genera la inversión dentro de una CEA están exentos de impuestos.
¿Qué diferencia tienen con los Planes Personales de Retiro (PPR)?
Un Plan Personal de Retiro (PPR), una opción mucho más conocida, también es una cuenta con beneficios fiscales, pero está 100% orientada al ahorro para el retiro.
A diferencia del PPR, la CEA no te exime de pagar el ISR por lo que ahorres en ella (con el PPR puedes exentar el ISR en los retiros a partir de los 65 años) pero te permite comenzar a aprovechar el beneficio de la optimización fiscal tan sólo después de 5 años invirtiendo tu dinero.
Otra diferencia importante es que la CEA se invierte en fondos de inversión de deuda, mientras que los PPR tienen la opción de invertir en fondos e instrumentos de renta variable, que son fondos generalmente diseñados para el largo plazo.
¿Es posible combinar la CEA con un PPR bajo el artículo 151 de la LISR?
Totalmente.
Al estar establecidos en artículos diferentes de la LISR, es posible combinar el uso de ambos productos, cada uno con sus respectivas condiciones, beneficios y límites deducibles.
¿Hasta cuánto puedo deducir al año ahorrando en una CEA? ¿Depende de mi ingreso?
Puedes deducir hasta $152,000 pesos cada año a una CEA.
Este tope es fijo y no depende de tus ingresos: tanto una persona que gana $400,000 al año como una que gana $3,000,000 pueden deducir los $152,000 establecidos por la ley.
¿El dinero se invierte? ¿En qué? ¿Qué rendimiento da?
Sí. En Fintual, tu dinero en la CEA se invertirá en el fondo FT-LIQU de Franklin Templeton, que es un fondo de deuda gubernamental de corto plazo, compuesto principalmente por CETES y Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal (BONDES).
Este tipo de inversiones son de mínimo riesgo: ideales para que tu CEA genere rendimientos estables y consistentes.
¿Hay algún plazo que tengo que cumplir para acceder al ahorro en mi CEA?
De acuerdo con el artículo 185 de la LISR, los recursos depositados en una CEA deben permanecer invertidos por lo menos 5 años antes de retirarse.
Una vez cumplidos los 5 años, se pueden retirar en el momento que cada persona decida.
¿Habrá algún monto mínimo de inversión inicial (o posterior) para invertir en la CEA de Fintual?
No. En Fintual, al igual que todos nuestros otros productos, no habrá monto mínimo de depósito ni plazo forzoso de aportaciones a la CEA.
¿Qué comisión tendrá la CEA de Fintual?
Al igual que en el resto de los productos, no habrá comisión por apertura ni de compraventa.
La única comisión que se cobrará será la correspondiente al fondo de inversión, FT-LIQU en la serie BE2, que es de 0.85% + IVA al año.
¿Los rendimientos de mi CEA están exentos de impuestos?
Sí, los rendimientos que va generando la CEA están exentos de pagar impuestos.
¿Se deben hacer aportaciones mensuales o se puede hacer un pago único por año?
Puedes hacer aportaciones de la forma que te sea más conveniente, no hay ninguna obligación de depositar cierta cantidad cada vez o cada año.
Podrías hacer un sólo depósito de $100,000, por ejemplo, y no volver a depositar hasta dentro de uno, cinco o diez años. No hay restricción.
¿Cómo se aplica la deducción con las CEA?
Es similar a la de los PPR: después de realizar aportaciones en tu CEA durante el ejercicio fiscal correspondiente, recibirás una constancia con estas aportaciones que avalará el monto total depositado en ellas.
Normalmente, estas constancias incluso ya aparecen pre-cargadas cuando entras a hacer tu declaración, así que ya no tienes que hacer más. En caso de que aún no hayan estado pre-cargadas, simplemente podrás capturar los datos de la constancia de aportación en tu declaración y con ello se aplicará la deducción de impuestos correspondiente.
En Fintual enviaremos los datos de tu CEA al SAT para que puedas ver las constancias pre-cargadas.
¿La permanencia obligatoria es de 5 años desde el primer depósito o desde el último depósito?
Son 5 años a partir de cada depósito. Una vez cumplidos esos 5 años, ese dinero se vuelve elegible para ser retirado.
Ejemplo: si el 1 de abril de 2024 haces un depósito de $2,000 a una CEA, podrán ser retirados a partir del 1 de abril de 2029. De igual forma, si haces otro depósito de $3,000 el 15 de abril de 2024, esos $3,000 podrán ser retirados a partir del 15 de abril de 2029.
¿Puedo dejar mi dinero en la CEA por más de 5 años?
Sí, sin problema. No hay restricción en cuanto al tiempo máximo que puedes tener el dinero en tu CEA.
¿Hay penalizaciones con la CEA de Fintual?
No, al igual que en el resto de productos de Fintual, no hay ninguna penalización por no depositar o por retirar antes de cierto tiempo.
Considera que el plazo mínimo de permanencia de 5 años está definido por la LISR, Fintual no lo decide. Una vez cumplido no hay restricción o costo alguno por retirar.
¿Mi ahorro en la CEA se puede invertir en inversiones de renta variable (como acciones)?
No, no es posible. El artículo 185 de la LISR establece que los recursos de la CEA deben ser invertidos en Sociedades de Inversión de Deuda.
¿Hasta cuánto puede devolver el SAT con una CEA?
Depende del monto que aportes y tu tasa fiscal de ISR.
Si aportas el máximo ($152,000 al año) y tienes ingresos gravados a la tasa máxima de ISR, que hoy es de 35%, podrías recuperar hasta $53,200 en la declaración anual.
Eso es independiente y adicional a lo que puedes recuperar a través de un Plan Personal de Retiro (PPR) y de otras deducciones personales.
¿Hay un tiempo mínimo durante el que tenga que estar aportando a la CEA con Fintual?
No, no hay un tiempo mínimo ni plazo forzoso en la CEA de Fintual.
¿Cuándo lanzarán la CEA al mercado?
Esperamos hacerlo muy pronto, aún no tenemos fecha definida. A quienes se registren en la lista de espera les estaremos enviando actualizaciones acerca de avances y la confirmación de fechas importantes sobre la disponibilidad del producto.
¿Hasta qué fecha puedo hacer aportaciones a la CEA para que sea deducible en mi declaración anual?
Todas las aportaciones realizadas antes de presentar la declaración anual (en abril) se consideran para dicha declaración.
Por ejemplo: para la declaración anual del año 2023, que se presenta en abril de 2024, podrías aún hacer aportaciones el 31 de marzo de 2024 y hacerlas deducibles para la declaración anual de abril.
Esto supone una ventaja frente a los PPR. En el caso de los PPR las aportaciones se deben hacer antes de que termine el año calendario del ejercicio. Es decir, siguiendo el ejemplo anterior, el último día para haber hecho aportaciones al PPR y que fueran deducibles en la declaración que se presenta en abril de 2024 fue el 31 de diciembre de 2023.
¿Cómo se le puede sacar el mayor provecho a la CEA?
Como mencionamos, si bien una CEA no te exime de pagar ISR, sí te permite diferir su pago, lo cual puede resultar muy conveniente si planeas recibir menos ingresos gravables en México en algún momento en el futuro.
Sirve bastante bien para proyectos de vida como un año sabático, un periodo trabajando fuera del país, ahorrar para momentos sin empleo formal, poder abrir tu propio negocio, estudios de maestría o para hacer una jubilación anticipada.
También te protege contra potenciales alzas en las tasas de impuestos, ya que en ningún caso pagarías, al retirar tu dinero después de 5 años, una tasa mayor de ISR a la que hayas tenido en el año del depósito de tu ahorro en la CEA.
Al final del artículo te mostraré algunos ejemplos prácticos de esto.
Si quiero disponer de mi dinero, ¿debo hacer un retiro total o puedo hacer retiros parciales?
Como tú decidas.
Una vez cumplido el plazo obligatorio del dinero invertido en la CEA, puedes retirarlo de la manera que mejor te convenga: en un retiro total, poco a poco, o simplemente puedes dejarlo invertido y seguirá generando rendimientos.
¿Es la CEA un sustituto del PPR o es un complemento de corto plazo?
No se trata de un sustituto: el PPR es un producto orientado 100% al retiro, mientras que la CEA es un incentivo para el ahorro de mediano a largo plazo, pero disponible para usarse a partir de los 5 años de permanencia en caso de ser necesario.
Definitivamente pueden ser usados para complementos, principalmente como estrategia tributaria para deducir impuestos y optimizar la carga fiscal a lo largo del tiempo.
¿Cómo debo estar dado/a de alta en el SAT para poder usar la CEA?
La CEA está disponible para los regímenes fiscales correspondientes a Personas Físicas.
Recuerda que si te encuentras en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) u otro régimen con incentivo tributario, no te será posible realizar las deducciones por las características de los mismos. En estos casos, te recomendamos consultar con una experta/o fiscal si una CEA podría convenirte para tus objetivos particulares.
¿El límite de aportación a la CEA afecta mi límite de aportaciones al PPR?
No. La CEA y el PPR son cuentas independientes, establecidas en la LISR bajo artículos independientes (185 y 151 respectivamente) por lo que sus límites también lo son.
¿Me retienen algo al momento de retirar dinero de la CEA?
Sí. Al momento del retiro, si es que no han pasado 5 años, el dinero que dispongas se considera como ingreso acumulable y se retiene la tasa máxima de ISR vigente conforme al artículo 145 de la LISR, es decir, hoy sería una retención del 35% del retiro.
Muy importante: esto es sólo una retención, NO es el impuesto final que terminarás pagando. Recuerda que, como ya mencioné, uno de los beneficios de las CEA es que nunca pagarás una tasa mayor a la del año en que depositaste.
Lo que sucede entonces es que, en la declaración anual inmediata posterior al retiro de los recursos, el SAT recalcula el ISR correspondiente considerando todos tus ingresos del año, y considera la retención previa de tu retiro de la CEA como ISR a favor.
En caso de que este ISR a favor ‘pre-pagado’ por ti sea mayor al ISR calculado considerando todos tus ingresos, retenciones y deducciones adicionales del año correspondiente, el SAT te devolverá la diferencia (o sea, lo que te cobró ‘de más’).
Ejemplos numéricos: cómo funcionan en la práctica las aportaciones, deducciones y retiros de las CEA
Hagamos algunos ejemplos de cómo se vería tu situación fiscal al momento de hacer aportaciones o retiros en tu CEA, para que te des una idea de cómo funcionan en la práctica.
Aportación y deducción de ISR con la CEA
Con una CEA puedes aportar hasta $152,000 al año.
En este caso, tomamos como ejemplo a una persona con ingresos de $1,000,000 al año y que aporta $150,000 a una CEA.
Gracias a su aportación en la CEA, esta persona tendrá un beneficio fiscal de $45,000 en el año, correspondientes a su aportación ($150,000) multiplicada por la tasa marginal de ISR (30%).
Aportación y deducción de ISR con la CEA y un PPR
Con una CEA puedes aportar hasta $152,000 al año y con el PPR puedes aportar hasta el 10% de tu ingreso bruto o 5 UMA anualizadas ($198,031 en 2024), lo que sea menor.
En este caso, tomamos como ejemplo a una persona con ingresos de $2,000,000 anuales que topa tanto el beneficio fiscal de la CEA como el beneficio fiscal del PPR.
En total, esta persona aportó $350,031 pesos entre su PPR y su CEA, y tendrá un beneficio fiscal de $119,010 en el año ($350,031 x 34%, su tasa marginal de ISR).
Retiro de una CEA a una tasa de ISR mayor o igual a la original (no hay optimización fiscal)
Regresando al primer ejemplo, supongamos que la persona ya cumplió los 5 años de espera y quiere sacar el dinero de su CEA, que son los $150,000 originales más $90,000 de rendimiento generado en esos 5 años.
Supón también que sus ingresos mejoraron y ahora gana $2,500,000 más los $240,000 que retirará de su CEA por lo que su ingreso gravable es cercano a $2,740,000 y su tasa efectiva de ISR ronda el 32.5%.
Como mencionamos, el beneficio de la CEA para esta persona es que no pagará un ISR mayor al que se ahorró en el año que depositó, por lo que su tasa será 30%.
Al momento de retirar, como marca la ley, se le hará la retención por la tasa máxima (hoy es 35%, unos $84,000) por lo que recibirá $150,000 + $90,000 - $84,000 = $156,000 en ese momento y en la siguiente declaración el SAT le devolverá el excedente, que sería de unos $12,000.
Sumando los $156,000 + $12,000 + $45,000 (beneficio fiscal recibido en el año 0), está persona recibió $213,000 en total por sus $150,000 invertidos.
Y este es el caso en el que, como tal, no hubo una optimización fiscal debido a que la persona retiró dinero mientras le correspondía una tasa de ISR mayor a la que tenía al depositar. Veamos un ejemplo en donde el beneficio es más evidente.
Retiro de una CEA con una tasa de ISR menor a la original (optimización fiscal)
También regresando al primer ejemplo, supongamos que otra persona ya cumplió los 5 años de espera y quiere sacar el dinero de su CEA, que son los $150,000 originales más $90,000 de rendimiento generado en esos 5 años.
Pero esta persona decidió tomarse un año sabático, por lo que sus únicos ingresos de este año serán lo que retire de su CEA ($240,000). Su tasa efectiva de ISR es de 13%.
Al momento de retirar, como marca la ley, se le hará la retención por la tasa máxima (hoy 35%, equivalente a $84,000) por lo que recibirá $150,000 + $90,000 - $84,000 = $156,000 en ese momento. Como en realidad su tasa correspondiente es de 13%, en la siguiente declaración el SAT le devolverá la diferencia entre el 35% que ya pagó y el 13% que es lo que en realidad debe pagar, que serían unos $52,800.
Sumando los $156,000 + $52,800 + $45,000 (beneficio fiscal recibido en el año 0), está persona recibió $253,800 en total por sus $150,000 invertidos.
Fíjate como en este ejemplo la persona recibe $40,000 pesos más por el simple hecho de escoger un año óptimo (con pocos ingresos) para retirar. Esa es la ‘gracia’ de las CEA: te dan el control de decidir cuándo pagar tus impuestos, y tu deliberadamente puedes escoger un año en el que la carga tributaria sea ligera para hacerlo.
Estos ejemplos fueron algunas simplificaciones ilustrativas del uso de las CEA y recuerda que el resultado de tu declaración anual estará influido por otros ingresos y deducciones que tengas en el ejercicio. El objetivo de los ejemplos es más bien educacional, para mostrarte el mecanismo de uso de una la CEA, sin embargo, Fintual no es un asesor tributario.
Te recomendamos consultar con una experta/o contable si tienes dudas específicas sobre tu situación fiscal.
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Siéntete libre de compartir la lista de espera y este artículo con tu pareja, amigos, familiares o conocidos a quienes crees que les podría interesar el comenzar a optimizar su estrategia fiscal y recibir más por su dinero.