Si bien pagar impuestos es nuestra obligación, conlleva un pequeño (gran) beneficio: las deducciones de impuestos.
Como Personas Físicas tenemos derecho a hacer deducibles ciertos gastos autorizados por el SAT. Estos van desde la compra de lentes hasta hacer aportaciones a Planes Personales de Retiro (PPR).
Te voy a contar qué cosas son deducibles de impuestos y cómo puedes deducirlas. En este artículo me enfocaré en las deducciones personales, que son las que pueden hacer todas las Personas Físicas.
Primero, ¿cómo deducir impuestos?
A veces, cuando escuchamos a alguien decir que está ‘deduciendo’ algo nos imaginamos que tiene que hacer algo muy complejo detrás.
La realidad es que es bastante simple: con tener un RFC y pedir factura de todos los gastos que sean deducibles, toda la información llega automáticamente al SAT y aparece automáticamente en el portal al momento de tu declaración.
De hecho puedes verla cuando quieras a través del Visor de Deducciones Personales del SAT.
En el caso de las deducciones a través del ahorro, como los PPR, en lugar de factura recibes una constancia anual de aportaciones, que de igual manera se envía automáticamente al SAT.
En realidad lo único que tienes que hacer es entrar al portal a presentar tu declaración anual en los tiempos que determina el SAT (para Personas Físicas es en abril de cada año) y ver que todas tus facturas/constancias estén cargadas.
No es común, pero te recomendamos también guardar las facturas y constancias por si llega a faltar alguna en el portal.
¿Qué gastos son deducibles de los impuestos?
En la Ley del ISR vienen especificadas todas las deducciones personales autorizadas por el SAT, entre las que se encuentran:
- Intereses reales de créditos hipotecarios (por créditos de hasta 750,000 UDIS)
- Colegiaturas desde preescolar hasta bachillerato
- Honorarios médicos y dentales
- Gastos funerarios de cónyuge o concubino(a), así como de papás, hijos, abuelos y nietos.
- Donativos
- Lentes ópticos graduados
- Prótesis
- Aportaciones Voluntarias a cuentas de AFORE o a Planes Personales de Retiro (PPR).
Puedes ver la lista completa junto con los límites de deducciones a través de este link en la página del SAT.
¿El ahorro para el retiro (PPR) es deducible de los impuestos?
Sí, con un Plan Personal de Retiro puedes deducir hasta 10% de tus ingresos anuales o 5 UMA ($198,031.80 en 2024), lo que sea menor.
Lo bueno es que como tal este no es un gasto, si no una inversión, e irá generando rendimientos a futuro.
Una vez que cumplas 65 años podrás retirar el dinero exento de impuestos hasta por 90 UMA elevadas al año (aprox. $3.5 millones hoy, cuando te retires será mucho más) o hasta 15 UMA diarias (un poco más de $48,500 al mes) si haces retiros parciales.
Y con un PPR podrías estar recuperando hasta $69,311 en impuestos del SAT en la declaración anual. El monto depende de tu ingreso y cuánto ahorres en el PRP. Acá hicimos una calculadora para que veas cuánto te devolverían.
Recuerda también que la deducción por tu ahorro en un PPR es independiente al resto de las deducciones personales: es decir, puedes topar tu ahorro en el PPR y aún así utilizar otras deducciones como los intereses reales de créditos hipotecarios, facturas médicas o colegiaturas.
Más información:
Declaración anual