Antes de entrar a trabajar, no entendía mucho de ahorro voluntario para la jubilación. No me daba el tiempo de investigar y entenderlo.
Lo conversé con una compañera de Fintual —la Catar— y me explicó pacientemente todas las diferencias y truquitos que cada uno tiene.
Acá te cuento lo que aprendí.
Ahorro obligatorio: el descuento mensual de las AFP
Si eres dependiente, todos los meses te descuentan un 10% de tu sueldo para meterlo en una AFP. A eso se le llama cotización obligatoria. Pero tiene un tope: si ganas más de $2.370.000 aprox., no se calcula el 10% sobre tu sueldo, sino que sobre ese monto. Por lo tanto, ahorras menos del 10% de tu sueldo cada mes.
Si eres independiente, eres tú quien tiene que hacer el pago mensual. Como es harta plata y muchas personas prefieren o necesitan gastarla hoy, si no ahorras durante el año el Estado te obliga a hacerlo en la declaración anual de impuestos.
Ahorro voluntario para la jubilación
En general la plata que se logra juntar con la jubilación no es mucha. Sobre todo si se compara con el sueldo mensual que tenías antes de jubilarte (o lo que se llama “tasa de reemplazo”).
El antiguo sistema de pensiones de Chile era de reparto: los trabajadores aportaban un porcentaje de su sueldo a un pozo común que se repartía entre los jubilados.
En el año ‘80 se cambió a un sistema “de capitalización individual”, en que cada persona ahorra para su propia vejez (y una porción solidaria para pensiones muy bajas). Cuando empezó se esperaba que la tasa de reemplazo fuera del 100% en 2020; o sea, que nos pensionaríamos con el mismo sueldo que teníamos antes de jubilar.
Hay varias razones por las que esto no pasó.
La primera es la que te comenté al inicio: si ganas más del tope establecido para la cotización obligatoria, vas a ahorrar menos del 10% durante tu vida laboral.
La segunda es que ahora vivimos más años de los que vivíamos cuando se inventó el sistema. Además, entre medio podemos tener lagunas previsionale (períodos sin cotizaciones durante la vida) y las rentabilidades que existían cuando comenzó este sistema previsional son muy distintas a las que tenemos hoy en día.
¿Y si quiero ahorrar más plata? Nacen las cotizaciones voluntarias
Siempre puedes ahorrar para la jubilación de la misma forma que ahorras para cualquier otra cosa.
El tema es que cuando inviertes así, tendrás que pagar impuestos por las ganancias. Y no te conviene pagar impuestos hoy por plata que vas a usar en muchos años más.
Para eso nacieron las cotizaciones voluntarias en 1987. Son depósitos que solamente se pueden hacer en la Administradora de Fondos de Pensión (AFP) en donde se mantiene tu cotización obligatoria.
Las puedes hacer de forma directa o que tu empleador te descuente un monto todos los meses (llamado descuento por planilla) y lo aporte directamente como ahorro para tu pensión. La primera opción tiene un tope de 600 UF anuales ($20,5 millones), mientras que la segunda de 50 UF mensuales ($1,7 millones).
¿Y si no quiero ahorrar en una AFP? Se crea el APV
Hasta el 2001, solo las AFP podían administrar las cotizaciones voluntarias. Tenían el monopolio de todos los ahorros de la jubilación: la parte obligatoria y la voluntaria.
En 2002, la Superintendencia de Pensiones permitió que otras instituciones reguladas, como las Administradoras Generales de Fondos (Fintual 😉), puedan administrar la parte voluntaria. Así, ahora podemos escoger libremente la institución que creemos tiene una mejor estrategia de inversión y que ofrece las mejores comisiones.
Esta nueva forma de ahorro voluntario se llama Ahorro Previsional Voluntario (APV). Originalmente, solo había un tipo y hoy se llama APV-B. Su gracia es que posterga el pago de impuestos: no pagas hoy, sino que cuando jubilas. Veamos cómo funciona.
Para calcular cuánta plata de impuestos tienes que pagar, se toma tu sueldo y se le aplica un porcentaje. Ese porcentaje depende de cuánto ganas: mientras más ganas, más alto es:
Impuesto global complementario, SII:
Renta imponible mensual | Tasa de impuesto |
---|---|
$0-$731.308 | 0% |
$731.308-$1.625.130 | 4% |
$1.625.130-$2.708.550 | 8% |
$2.708.550-$3.791.970 | 13,5% |
$3.791.970-$4.875.390 | 23% |
$4.875.390-$6.500.520 | 30,4% |
Más de $6.500.520 | 35% |
Este tipo de APV reduce el sueldo (o “base imponible”) sobre el que te calculan el impuesto. Con eso, el monto de impuesto pagado va a ser menor e incluso podrías caer de tramo y pagar un porcentaje de impuesto más bajo.
Como máximo, la reducción de la base imponible puede ser 50 UF al mes ($1.710.000 aprox.) o 600 UF al año ($20.500.000 aprox.).
Lógicamente, esta reducción es atractiva solo si te corresponde pagarlos. Si consideramos que casi la mitad de las personas que trabajan en Chile ganan menos de $400.000… este beneficio no resulta tan útil.
¿Qué pasa si no gano tanto? Nace un segundo APV
Puedes usar el APV-A!
El beneficio de este nuevo APV, que nació en el año 2008, no depende del sueldo que ganes ni el tramo de impuestos que pagues. Es simple: el Estado te regala un 15% de lo que ahorres anualmente. Como tope, te regalará hasta 6 UTM (más o menos $350.000) al año.
Este APV está diseñado para favorecer a quienes quieren ahorrar, incluso ganando menores sueldos.
Puedes aportar directamente a cualquiera de los dos tipos de APV o pedir a tu empleador que lo descuente de forma automática del sueldo con un descuento por Planilla. Acá puedes leer más sobre qué es APV.
Las empresas también pueden aportar usando depósitos convenidos
Los empleadores también pueden aportar al ahorro voluntario de las personas que trabajan en la empresa.
Desde 1990 los empleadores también pueden aportar directamente al APV de las personas mediante los Depósitos Convenidos. Este es un acuerdo entre quien trabaja y su empresa, y si el aporte es menor de 900 UF anuales, no pagan impuestos a la renta. Los depósitos pueden ser un pago de una sola vez, un monto fijo todos los meses o un porcentaje de tu sueldo.
Se parecen un montón a los descuentos por planilla del APV pero la diferencia más importante (sobre todo para tu empleador) es que la empresa también sale ganando.
Las empresas deben pagar un impuesto llamado Impuesto de Primera Categoría, que se calcula en base a sus ingresos menos sus gastos. Como los depósitos convenidos se considerarán un gasto, van a reducir la cantidad de ese impuesto total.
Un win-win.
Entonces… ¿qué me conviene?
Depende.
Los depósitos convenidos no pueden retirarse antes de la jubilación. Lo ahorrado en APV sí, pero si retiras antes de tiempo tendrás que devolver los beneficios que te dieron (el 15% de regalo o lo ahorrado en impuestos).
Como los depósitos convenidos no tienen los mismos beneficios tributarios de los APV, la decisión sobre qué forma de aportar a tu APV depende de cuánto quieras ahorrar y si crees que lo necesitarás antes de lo planificado.
Entre los descuentos por planilla y los depósitos convenidos, depende de cuál sea tu acuerdo con tu empleador o empleadora. En su naturaleza, los depósitos convenidos son un regalo por parte de la empresa y no debieran ser negociados como una reducción de sueldo. Así que…
Mi recomendación: ahorra lo que más puedas. Intenta siempre mantener un colchoncito para gastos de corto-mediano plazo, una bolsita de ahorro distinta para proyectos específicos como vacaciones y separar muy bien el ahorro para la jubilación con cualquiera de las formas que te convenza; si son todas, ¡mejor! Y, como dato, en Fintual puedes usar cualquiera de las alternativas de ahorro voluntario que te mencioné.
Para saber cómo tener depósitos convenidos en Fintual, pincha acá!
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